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    CorteIDH y clima: Lo que la Opinión Consultiva podría significar para los derechos humanos y la justicia climática

    Publicado 24 de Junio del 2025

    Por Nikki Reisch, Directora del Programa de Clima y Energía del Centro para el Derecho Internacional Ambiental; Luisa Gomez Betancur, Abogada Sénior del Centro para el Derecho  Internacional Ambiental , y Upasana Khatri, Abogada del Centro para el Derecho Internacional Ambiental.


    La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) podría, una vez más, hacer historia. En las próximas semanas, la Corte emitirá una Opinión Consultiva sin precedentes que aclarará lo que el derecho internacional de los derechos humanos le exige a los Estados frente a la emergencia climática. Su pronunciamiento llega en un momento clave: para poner a los derechos humanos y a las personas defensoras del ambiente en el centro de la respuesta a la crisis climática; para reafirmar el estado de derecho internacional y la base de la justicia climática; y para exigir rendición de cuentas a la industria de  combustibles fósiles y otros contaminadores corporativos responsables de esta crisis. 

    El contexto global evidencia cuán vital y oportuna es esta Opinión.

    Los derechos están cada vez más en riesgo: el mundo se ve sacudido por guerras, la intensificación de los conflictos y la precariedad, la destrucción climática impulsada por los combustibles fósiles, la contaminación tóxica, el autoritarismo creciente y la desinformación que alimenta el ciclo de violencia. Todo ello amenaza nuestra capacidad de evitar un colapso ambiental y social, y de proteger los derechos de las generaciones presentes y futuras. 

    América Latina y el Caribe están en el centro del debate climático: a medida que el mundo se prepara para las negociaciones climáticas globales (COP30), que se celebrarán en Brasil del 10 al 21 de noviembre, y mientras los Estados insulares del Caribe continúan clamando por la justicia climática en tribunales internacionales y espacios de negociación, la región ya está en el centro del debate  climático. Las palabras de la Corte tendrán aún más peso este año y los subsiguientes , en la medida que los negociadores buscan reforzar sus demandas a partir de  obligaciones basadas en el derecho internacional de los derechos humanos.  

    Es tiempo de una economía sin fósiles y de hacer que los contaminadores reparen el daño: El cambio climático no es un misterio: sabemos que los combustibles fósiles son el motor de la crisis y conocemos sus  devastadoras consecuencias. Ante estos hechos innegables, los llamados a la eliminación progresiva de los combustibles fósiles, las demandas por la justicia climática y las campañas para hacer que los contaminadores paguen se hacen cada vez más fuertes. Para junio de 2025, al menos 17 países han expresado su apoyo al desarrollo de un Tratado de No Proliferación de Combustibles Fósiles (TNPCF), y el último informe de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre cambio climático y derechos humanos dejó claro que proteger los derechos requiere liberar la economía de los combustibles fósiles. Basta de mentiras: no más fósiles.

    Inter-American Court of Human Rights in San Jose, Costa Rica

    Si la Corte aclara que el derecho internacional de los derechos humanos exige que los Estados adopten medidas concretas y alineadas con la ciencia para prevenir las causas conocidas y reparar las consecuencias devastadoras del cambio climático —incluyendo la eliminación progresiva de los combustibles fósiles y la rendición de cuentas de los contaminadores corporativos— esto proporcionaría herramientas  a las comunidades y a los negociadores para exigir acciones ambiciosas y avanzar hacia la justicia climática. También ayudaría a poner fin a la era de impunidad para los grandes contaminadores.

    Con este proceso de Opinión Consultiva la Corte ya ha hecho historia. Se trató de un trámite centrado en las personas y con un altísimo grado de participación. . Las audiencias de 2024 en Barbados y Brasil fueron únicas: profundamente participativas, centradas en las experiencias vividas de quienes más sufren los impactos del cambio climático, e informadas por sus conocimientos para avanzar ensoluciones climáticas. Se presentaron más de 260 amicus curiae. Participaron más de 160 delegaciones. Los pueblos indígenas, las personas afrodescendientes, las comunidades en primera línea y las organizaciones de la sociedad civil desempeñaron un papel clave, ofreciendo a la Corte  testimonios poderosos, conocimientos jurídicos y una claridad moral innegable..

    Esta próxima opinión Consultiva tiene el potencial de ser transformadora no solo por lo que esperamos en términos de su contenido, sino también por la movilización que ha generado. Servirá como hoja de ruta para el litigio climático en tribunales locales, regionales y nacionales, así como una base para la elaboración de políticas climáticas, capaz de anclar la legislación nacional y las negociaciones globales en mandatos vinculantes. También servirá como testimonio del conocimiento y las experiencia de quienes están en la primera línea de defensa ante los daños climáticos y al frente de las luchas por la justicia climática, reafirmando tanto el peligro que representa el cambio climático para los derechos humanos como el potencial de la reparación y la acción climática basada en derechos humanos.

     Una oleada creciente de justicia 

    La Opinión Consultiva de la Corte Interamericana no se emitirá en un vacío. Se suma a una oleada creciente de litigios climáticos y a un movimiento global por la justicia climática, la rendición de cuentas y la reparación de los daños climáticos. Las campañas para hacer que los contaminadores paguen están cobrando fuerza. Cada vez más comunidades recurren a los tribunales exigiendo acciones jurídicamente vinculantes.

    También forma parte de una serie de opiniones consultivas sobre el cambio climático que se han solicitado a tribunales internacionales: 

    • En mayo de 2024, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM) emitió su Opinion Consultiva sobre el cambio climático y el océano. 
    • Se espera que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) publique su Opinión Consultiva en los próximos meses.
    • La Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos también ha recibido una solicitud sobre las obligaciones jurídicas relacionadas con el clima. 

    Conjuntamente, estos procesos están informando una nueva manera de comprenderlas responsabilidades legales de los Estados frente a la crisis climática.  

    Por qué debería importarnos la Opinión de la Corte Interamericana 

    Lo que distingue a la Corte Interamericana es su trayectoria como líder en la interpretación progresista del derecho internacional de los derechos humanos.  

    Con esta Opinión Consultiva, la Corte tiene la oportunidad de:  

    • Establecer un estándar alto para la acción climática con base en los derechos humanos. 
    • Enviar una señal clara a gobiernos y tribunales de América Latina y el Caribe,y de todo el mundo, sobre las medidas climáticas que el derecho internacional de los derechos humanos exige a los Estados y a las empresas, basándose en la mejor ciencia disponible.
    • Definir estándares jurídicos para responsabilizar tanto a los Estados como a los contaminadores corporativos por su conducta destructiva. 
    • Ratificar el derecho de acceso a la justicia y la reparación integral por daños climáticos. 

    Dado que esta Opinión Consultiva interpreta obligaciones vinculantes en en materia de derechos humanos,, la Corte Interamericana establecerá directrices jurídicas que los más de 30 Estados de América Latina y el Caribe que sonmiembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) no podrán ignorar.

    Su relevancia es también global, ya que los derechos fundamentales que se están considerando— como los derechos a la vida, la autodeterminación y a un ambiente sano— están protegidos por múltiples tratados internacionales, constituciones nacionales y leyes locales.

    Continuando un legado de liderazgo 

    La Corte ya ha hecho historia con su jurisprudencia. En su opinión consultiva de 2017, reconoció el derecho a un ambiente sano como un derecho humano fundamental, y ratificó la responsabilidad de los Estados por los daños ambientales transfronterizos. Más recientemente, en el caso contencioso La Oroya, reconoció el derecho colectivo a la reparación por contaminación industrial. Esperamos que ese liderazgo continúe.

    Lo que esperamos 

    Mientras esperamos la Opinión de la Corte, hay varios temas clave sobre los que muchas personas estarán atentas: 

    • El clima como crisis de derechos humanos: se espera que la Corte reafirmeque el cambio climático afecta a todos los derechos de las generaciones presentes y futuras, y que genera obligaciones jurídicas concretas bajo el el derecho internacional de los derechos humanos— señalando que los Estados y las empresas tienen el deber de prevenir las conductas que sabemos causan el cambio climático y de remediar sus consecuencias destructivas. Es fundamental destacar que estos deberes no comienzan ni terminan con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) ni con el Acuerdo de París; el derecho internacionalde los derechos humanos podría exigir más de Estados y Empresas. 
    • Rendición de cuentas y reparación: se espera que la Corte aborde la obligación de los Estados de regular a los contaminadores corporativos y garantizar la reparación integral por los daños climáticos. Esto implica acceso a la justicia y una reparación integral por las consecuencias del cambio climático, por parte, entre otras, de las compañías de combustibles fósiles y las agroindustriales que han sido las que más han contribuido a la destrucción del clima y a obstruir la acción climática. La reparación es un obligación jurídica, no un acto de caridad. Por eso, los mecanismos que dependen de contribuciones voluntarias, como el Fondo de Pérdidas y Daños, no garantizan adecuadamente los derechos humanos ni cumplen con las obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos. 
    • Combustibles fósiles y causas estructurales: La causa principal del cambio climático son los combustibles fósiles. La Corte no puede responder de manera significativa a las preguntas que se le han planteado sin reconocer que los Estados deben detener la expansión de los combustibles fósiles y eliminarlos progresivamente. Y eso requiere adoptar medidas comprobadas y alineadas con la ciencia para reducir rápidamente la producción y el uso de petróleo, gas y carbón, y no depender de tecnologías especulativas como la eliminación de dióxido de carbono o de mecanismos ineficaces como la captura y el almacenamiento de carbono o los créditos de carbono, que solo prolongan la dependencia de los combustibles fósiles e introducen nuevos riesgos para las personas y el planeta.
    • Protección para las personas defensoras: no puede haber justicia climática en un ambiente de
      IMG 3214 1
      Audiencias de la Corte IDH en Manaus, Brasil

      miedo. No hay un futuro habitable si quienes lo defienden no pueden vivir libremente. La Corte está en una posición única para dejar en claro que los Estados y los actores corporativos deben hacer más para proteger  a quienes defienden nuestro planeta. Sin personas defensorasno tendremos la esperanza de un clima estable ni la posibilidad de exigir a los contaminadores estatales y corporativos que respondan y reparen. Esperamos que la Corte compile y armonice los mejores estándares de protección disponibles para quienes defienden el ambiente en la región. Esto incluye tanto las garantías del Acuerdo de Escazúcomo los estándares internacionales existentes y los que ya ha desarrollado la propia Corte. Además, esperamos que este Tribunalaliente a los países de América Latina y el Caribea ratificar el Acuerdo de Escazú, el primer tratado regional vinculante que promueve la democracia ambiental y el único en el mundo que incluye garantías básicas para quienes defienden el ambiente . 

    Un punto de inflexión para la justicia climática

    La Opinión Consultiva de la Corte, como una interpretación autorizada y vinculante del derecho internacional de los derechos humanos,  aportará un peso considerable a las crecientes demandas por la justicia climática y la rendición de cuentas que son cada vez más imposibles de ignorar. 

    Y al hacerlo, nos recordará que los derechos humanos no son ideales abstractos. Son realidades vividas. Son herramientas para la sobrevivencia. Y deben guiarnos a través de la crisis definitiva de nuestro tiempo. 

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